El Supremo anula la estatura mínima de 1,60 que se exigía a las mujeres para acceder a la Policía
El porcentaje de mujeres que no alcanzaba la altura exigida era elevado

El Tribunal Supremo ha anulado el requisito de tener una estatura mínima de 1,60 metros que se les exigía a las mujeres para acceder a la Policía Nacional, al considerar que es una forma de discriminación indirecta. El Supremo justifica que el mínimo impuesto a los hombres, de 1,65 metros, es menos exigente, ya que el porcentaje de mujeres que no alcanza la altura exigida es mucho mayor (25%) que el de hombres (3%).
En 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya determinó que era discriminatorio exigir la misma altura para hombres y mujeres. El Supremo español añade ahora que no basta con fijar marcas mínimas diferentes de altura si no se tienen en cuanta las diferencias de estatura media, según sexo, de la población española.
Con esta sentencia, los jueces del Supremo estiman el recurso de una mujer que fue excluida en 2017 del proceso selectivo para ingresar en la Escala Básica de la Policía Nacional porque medía 1,56 metros. La mujer recurrió primero al consejo de ministros, que desestimó su petición vía silencio administrativo. Entonces acudió al Tribunal Supremo, donde reclamó, además, la anulación del requisito. Para ello argumentaba que existía una discriminación porque los límites fijados no concordaban con las estaturas media de los hombres (1,74) y mujeres (1,63) entre los 20 y los 49 años en España, dándoles a ellos ventaja, ya que era mucho mayor el porcentaje de mujeres que no alcanzaban la estatura requerida que el de hombres.
El Supremo ha declarado nula la exclusión de esta mujer y reconoce su derecho a realizar las pruebas selectivas de ingreso en la Policía. Si las supera, se le reconocerían la antigüedad y el escalafón que le corresponderían si hubiera podido aprobar en 2017.
La abogacía del Estado, por su parte, argumentó que los agentes de policía deben poseer unas características que les permita ser polivalentes en distintos puestos. A lo que el Supremo ha respondido que la norma no dice nada sobre las diferentes alturas mínimas, esa polivalencia y “su influencia en el mantenimiento de la seguridad ciudadana”. Además, destaca que, dentro del proceso selectivo, hay pruebas físicas y médicas que garantizan la idoneidad para ejercer de policía. Y recuerdan que en ese cuerpo hay muchas áreas que no requieren una condición física especial, “y mucho menos tener una estatura más o menos elevada”.
En cualquier caso, el pasado mes de febrero, el Ministerio de Interior ya anunció que para la próxima convocatoria de pruebas prevista para 2023 se suprimiría el requisito de una estatura mínima, salvo para ingresar en las unidades de antidisturbios y geos.