El Gobierno inicia el proceso para garantizar la interrupción voluntaria del embarazo en la Constitución
El Gobierno ha activado, además, el procedimiento para que todas las comunidades cumplan la obligación de contar con un registro de objetores

El consejo de ministros ha aprobado el anteproyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución para garantizar el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El año pasado, Francia se convirtió en el primer país del mundo en incluir el derecho al aborto en su Carta Magna. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha precisado, en la rueda de prensa posterior a la reunión del consejo, que se añadirá a la Carta Magna el artículo 43.4 con este texto: “Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres”.
Redondo ha añadido que se reconocerá así una garantía prestacional: “Estamos garantizando los derechos de las mujeres a la libre interrupción del embarazo como una prestación que tiene que ser satisfecha dentro del sistema sanitario público”. La titular de Igualdad ha argumentado que la decisión adoptada hoy responde a una ola reaccionaria, tanto nacional como internacional. “Los derechos de las mujeres están en el foco de la ola reaccionaria, son el objeto directo de los recortes y, por eso, es importante avanzar”, ha señalado.
La ministra ha remarcado que otro objetivo de la reforma es fortalecer la sanidad pública, ya que se incorpora este derecho en el marco del artículo 43 de la Constitución, vinculado al derecho a la salud y al sistema público sanitario. “Queremos garantizar, dentro de la cartera pública de servicios, la interrupción voluntaria del embarazo y, por lo tanto, hacer que este derecho se preste en la sanidad pública”, ha remarcado.
La reforma, señala Moncloa, se tramitará mediante el procedimiento contemplado en el artículo 167 de la Constitución y requerirá un informe del consejo de estado y la aprobación por mayoría de tres quintos tanto en el Congreso como en el Senado, según ha explicado la ministra. En caso de descuerdo, sería necesaria la creación de una comisión mixta Congreso-Senado que propondría un nuevo texto, que se sometería de nuevo a votación. La aprobación requeriría entonces dos tercios de los votos en el Congreso y mayoría absoluta en el Senado. Ana Redondo también ha recordado que existe la posibilidad de convocar un referéndum de ratificación si lo solicita una décima parte de los diputados o senadores. “Una inmensa mayoría de la ciudadanía española está por esta reforma constitucional y lo que pretendemos es trasladar esa mayoría amplia social a la mayoría institucional, a la mayoría parlamentaria, que es la que tiene que avalar esta reforma. Vamos a trabajar sin tregua, sin pausa”, ha concluido.
Registro de objetores
El consejo de ministros ha abordado también la obligación de las comunidades autónomas de contar con un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia respecto a la interrupción voluntaria del embarazo. La ministra de Sanidad, Mónica García, ha explicado que el ejecutivo va a plantear un requerimiento formal a las comunidades que no cumplan con ese mandato de la ley orgánica sobre la salud sexual y reproductiva. "La ley se cumple, punto", ha afirmado. García ha asegurado que todas las comunidades menos tres (Aragón, Baleares y la Comunidad de Madrid) han cumplido la obligación o la están tramitando. Las tres comunidades aludidas disponen de un mes para responder al requerimiento del Gobierno. Transcurrido ese plazo, ha explicado, el ejecutivo contará con dos meses para acudir a los tribunales y plantear un recurso contencioso-administrativo.