Una asociación de mujeres juristas denuncia al magistrado del voto popular de La Manada
No entran a cuestionar su postura, sino sus actuaciones desde el punto de vista del razonamiento jurídico
Las referencias a la falta de pudor de la víctima, así como ciertas expresiones y frases del voto particular emitido por el magistrado de Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que actuó en el juicio contra La Manada, “están recogidos como faltas en los apartados 5 y 6 del artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. Argumento suficiente para que la Asociación de Mujeres Juristas Themis, haya denunciado al magistrado por responsabilidad disciplinaria.
Pero hay más argumentos que sustentan esta denuncia.
Una, que esas expresiones injuriosas y vejatorias ocasionan “además de un daño inmenso a la víctima, una revictimización que está vedada por nuestro ordenamiento, así como que la ciudadanía desconfíe en la Justicia”, explica este colectivo de mujeres juristas en un comunicado difundido hoy mismo.
Otra, que además de ese trato peyorativo hacia la víctima, “innecesario en la argumentación del voto particular, existen en el voto otros pasajes que son ofensivos para la ciudadanía, poniendo de manifiesto una falta de respeto y de consideración hacia el resto de los miembros del Tribunal y a trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia y a agentes de la autoridad. El magistrado del voto particular se erige en abogado defensor de los acusados, adentrándose en juicios morales sobre la intimidad de la víctima”.
Una “falta de respeto y dignidad” que, expresan las juristas, “se realiza hacia los peritos psicólogos del Instituto de Medicina Legal, a los que se acusa de falta de imparcialidad”.
El objeto de la denuncia presentada por Themis ante la Comisión Disciplinaria, aclaran desde la asociación, “es la serie de expresiones contenidas en el voto particular, que la asociación considera injuriosas, vejatorias y manifiestamente ofensivas para la víctima, así como innecesarias e improcedentes desde el punto de vista del razonamiento jurídico”. Por tanto, matizan, no es objeto de la queja presentada el posicionamiento del magistrado denunciado “a favor de la absolución de los acusados”, así como “ningún otro razonamiento estrictamente jurídico de la sentencia”.
El pasado mes de abril, la Audiencia Provincial de Navarra condenó a los cinco acusados de la violación grupal en los Sanfermines en 2016 a nueve años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual, quedando absueltos del delito de agresión sexual, al considerar el tribunal que no hubo violencia o intimidación, lo que hubiera llevado a una condena por violación. También fueron absueltos de los otros dos cargos de los que se les acusaba: el delito contra la intimidad por la grabación con el móvil de los hechos y el del robo del teléfono de la víctima. En junio, los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra decidieron ponerles en libertad provisional bajo fianza mientras se resuelven los recursos contra la sentencia.
La Asociación de Mujeres Juristas Themis , fundada en 1987, es una organización no gubernamental, sin ánimo de lucro e integrada por abogadas, procuradoras, juezas, magistradas y secretarias judiciales de España, cuya actividad se centra en conseguir la modificación de normas jurídicas discriminatorias hacia las mujeres así como la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. A lo largo de su historia la asociación ha sido reconocida en varias ocasiones por su trabajo. En 1999 recibió la Cruz de Plata de la Orden Civil de la Solidaridad Social del Ministerio de Trabajo, y en 2007 el premio concedido por el Instituto de la Mujer con motivo del Día Internacional para la eliminación de la violencia contras las mujeres.