El Gobierno aprueba el proyecto de ley contra la violencia vicaria
La norma prevé la privación automática de la patria potestad en caso de condena firme por determinados delitos graves contra la mujer o sus hijos y obliga a escuchar al menor antes de fijar el régimen de guardia y custodia

El consejo de ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, que ahora pasa al Congreso. El proyecto modifica un total de diez normas, incluyendo la Ley Integral contra la Violencia de Género. El texto define la violencia vicaria como aquella que se ejerce contra la mujer por su pareja o expareja a través de una persona interpuesta. En la rueda de prensa posterior al consejo de ministros, la titular de Igualdad, Ana Redondo, subrayó la ampliación del elenco de personas que pueden ser sujeto directo de esa violencia: hijos e hijas, otros descendientes sin consideración de edad, los mayores de edad que estén sometidos a la guardia o custodia de esa pareja o esa mujer, las madres y los padres, los hermanos y las hermanas y la actual pareja de la víctima.
Desde el punto de vista penal, el proyecto modifica el Código Penal para señalar que la agravante de cometer el delito por razones de género concurrirá en los supuestos de violencia vicaria. Además, se incorpora una pena accesoria para prohibir aquellas publicaciones o difusiones de actuaciones directamente relacionadas con los actos ilícitos.
La norma incorpora la privación automática de la patria potestad en aquellos supuestos en los que haya recaído una sentencia condenatoria firme por delitos graves cometidos contra la madre o los hijos. "La premisa es clara: un maltratador, una persona violenta nunca puede ser un buen padre", dijo la ministra de Igualdad. Únicamente se podrá recuperar la patria potestad cuando se produzca una cancelación completa de los antecedentes penales.
En cuanto a la guardia y custodia y al régimen de visitas, el texto también incorpora limitaciones muy importantes, ya que se suspenden cuando haya en curso un procedimiento por violencia de género o por violencia vicaria, o cuando haya indicios racionales de que se está produciendo esa violencia en el seno de esa familia. Además, se impone la obligación de escuchar a los menores. Solo cuando sea inviable o no convenga al interés del menor, se llevará a cabo a través de representantes legales o personas allegadas o con formación especializada.
El texto recoge, asimismo, medidas de concienciación; formación para jueces, fiscales y magistrados, tanto en el acceso a la carrera judicial como en los posibles ascensos; la posibilidad de cambiar los apellidos de las víctimas, y la garantía de que el agresor no pueda beneficiarse de una prestación social que provenga precisamente de la víctima.
La titular de Igualdad recordó que 68 niñas y niños han sido asesinados por violencia vicaria desde 2013 (3 este mismo año) y que la violencia vicaria supone también maltratos, agresiones y amenazas constantes. "Esperamos que, puesto que estas medidas ya están pactadas con ese gran consenso y acuerdo social, también tengan un procedimiento legislativo acorde y se pueda ver esta ley en esta legislatura", aseguró.



